Saltar al contenido
Lunes, 2 de noviembre de 2026
Actualidad y noticias, al instanteBuscar ⌕
Era Hora Noticias

Era Hora Noticias

Concesionarias: aumentos nominales por categoría y revisión por inflación recién en enero

SMATA y ACARA cerraron el acuerdo del último trimestre del año con montos diferenciados por escalafón, un plus en diciembre y una nueva discusión salarial para enero.

AL
Ana Laura QuinteroAmbiente y energía · · 2 min de lectura
Concesionarias: aumentos nominales por categoría y revisión por inflación recién en enero

Los trabajadores de las concesionarias de autos tienen nuevos salarios desde el 1° de octubre. El acuerdo firmado entre el sindicato SMATA y la cámara ACARA cubre el período octubre-diciembre bajo el convenio colectivo de trabajo 99/23, y fija montos nominales diferenciados por categoría, sin aplicar un porcentaje único para todos los escalafones.

Para octubre y noviembre, las escalas comienzan en $1.073.088,67 para los vendedores de planes de ahorro y para los vendedores itinerantes de repuestos en una de las franjas, y suben a $1.099.915,89 en la franja siguiente. En diciembre se incorpora un incremento complementario que se aplica sobre esos valores base.

¿Qué otros beneficios incluye el acuerdo?

  • Comisión mínima garantizada del 0,5 por ciento sobre el precio de venta libre de tributos para el personal de ventas.
  • Antigüedad con una escala que parte del 3 por ciento a los dos años de servicio y llega al 39 por ciento a los 26 años.
  • Suplemento del 4 por ciento sobre el básico para quienes acrediten dominio de un idioma extranjero, y del 10 por ciento para quienes tengan título habilitante.
  • Plus del 20 por ciento por zona desfavorable para quienes trabajen en la Patagonia.
  • Asignación vacacional equivalente a 130 horas anuales y compensación por transporte, público o propio.
  • Subsidios por fallecimiento de familiares directos calculados sobre la categoría máxima del escalafón.

El texto también obliga a las empresas a encuadrar al menos el 10 por ciento de su dotación en los dos escalafones más altos del convenio. Las partes sostienen que el acta, aunque fue derivada a la Secretaría de Trabajo para su homologación, es de cumplimiento obligatorio e inmediato desde la firma, en virtud del artículo 959 del Código Civil y Comercial.

¿Alcanzarán estos valores para sostener el poder adquisitivo?

La paritaria no fija un ajuste por inflación para todo el período. En enero, ambas partes volverán a reunirse para medir la inflación registrada entre octubre y diciembre y definir si corresponde un ajuste adicional. Hasta entonces, los montos vigentes son los que surgen del acuerdo firmado, con las categorías, complementos y beneficios detallados.

AL
Ana Laura QuinteroAmbiente y energía

Comentarios

0

Todavía no hay comentarios. Sé el primero.

Seguí leyendo