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La Legislatura porteña sancionó la gratuidad del subte para jubilados y la ató al DNI: regirá todos los días y sin tope horario

La norma alcanza a quienes cobren hasta 2,5 haberes mínimos y vivan en la Ciudad. El acceso se habilitará apoyando el documento en el moliente y la reglamentación deberá estar lista en 60 días.

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Rodrigo IriarteEconomía · 28 DE AGO DE 2026 · 3 min de lectura

Rodrigo Iriarte, Economía — La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó una ley que habilita el viaje gratuito en subterráneo para jubilados y pensionados con domicilio porteño y haberes de hasta 2,5 mínimos, y lo hizo con un cambio operativo de fondo: ya no será necesaria una credencial especial, sino que el beneficio se activará apoyando el Documento Nacional de Identidad en el molinete habilitado para esa función.

La norma, según el texto difundido por el Gobierno porteño, elimina el esquema previo de tarjetas o pases específicos y vincula la gratuidad directamente a la lectura del DNI. Una vez completado el alta en el sistema, el beneficiario podrá acceder a la red de subterráneos en cualquier estación que cuente con molinete con lector de proximidad, sin necesidad de retirar un plástico adicional ni de gestionar renovaciones periódicas en el corto plazo.

Quiénes quedan incluidos y bajo qué condiciones

El alcance de la ley se define por dos criterios acumulativos: por un lado, la residencia en la Ciudad de Buenos Aires, que deberá acreditarse mediante el DNI y un comprobante de domicilio; por otro, el tope de ingresos previsionales, fijado en hasta 2,5 haberes mínimos. La normativa también contempla a los retirados de las Fuerzas Armadas y de las fuerzas de Seguridad que vivan en territorio porteño y se encuentren dentro del mismo umbral de ingresos.

  • Personas jubiladas o pensionadas residentes en la Ciudad de Buenos Aires.
  • Ingresos previsionales de hasta 2,5 haberes mínimos como tope máximo.
  • Retirados de las Fuerzas Armadas y de Seguridad con domicilio porteño que cumplan el mismo límite.
  • Habilitación con vigencia de cinco años, renovable mientras se mantengan las condiciones de residencia e ingresos.

Sin franjas horarias y con activación por DNI

La principal diferencia respecto de esquemas anteriores es la eliminación de las restricciones horarias. El beneficio regirá todos los días y durante todo el horario de servicio, lo que implica que un jubilado podrá usar el subte tanto en horas pico como en horarios no convencionales —turnos médicos tempranos, trámites administrativos fuera de hora o traslados nocturnos— sin que la gratuidad quede condicionada por una ventana temporal específica.

Para el alta en el sistema, las sedes comunales de la Ciudad recibirán la documentación requerida. El Gobierno porteño anticipó que los requisitos serán acotados: DNI vigente, comprobante de domicilio en jurisdicción porteña y una constancia que acredite el nivel de ingresos previsionales. Con esos datos, la administración procederá a registrar al beneficiario en el sistema y a habilitar el acceso mediante el DNI, sin costo de emisión ni trámite bancario asociado.

La ley ya fue sancionada por la Legislatura, pero la puesta en marcha efectiva depende del proceso de reglamentación, que el Ejecutivo porteño deberá completar en un plazo máximo de sesenta días. Esa etapa definirá los puntos de validación en cada estación, la operatoria técnica del lector en los molientes y la fecha exacta a partir de la cual el beneficio estará disponible para su uso por parte de los beneficiarios. En paralelo, el mercado observa cómo se articulará la compensación a la empresa concesionaria del servicio, un punto que la reglamentación deberá precisar para evitar un desbalance en la ecuación económica del sistema.

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