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Jueves, 5 de noviembre de 2026
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Pymes y entidades sin fines de lucro cuentan con más tiempo y cuotas para ponerse al día con ARCA

La ampliación del régimen especial alcanza deudas vencidas hasta el 31 de octubre de 2026, con planes de hasta 18 cuotas y adhesión hasta el 30 de junio de 2027.

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Ana Laura QuinteroAmbiente y energía · · 2 min de lectura
Pymes y entidades sin fines de lucro cuentan con más tiempo y cuotas para ponerse al día con ARCA

La fecha de corte para regularizar obligaciones con la Agencia de Recaudación y Control Aduanero se corrió del 30 de junio al 31 de octubre de 2026. Es un cambio que alcanza a un universo amplio de contribuyentes: micro, pequeñas y medianas empresas, pequeños contribuyentes y determinadas entidades sin fines de lucro, que ahora pueden incluir en el plan deudas con vencimiento más reciente.

¿Qué cambió respecto del régimen original?

El organismo publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 5924/2026, que modifica el plan especial de facilidades de pago. Además de extender el corte de deudas, amplía el período de adhesión: en lugar del 30 de diciembre de 2026, los interesados podrán sumarse hasta el 30 de junio de 2027.

¿Quiénes pueden acceder y qué deudas incluye?

  • Micro y Pequeñas Empresas.
  • Medianas Empresas de los tramos 1 y 2.
  • Pequeños contribuyentes.
  • Determinadas entidades sin fines de lucro.

Las obligaciones regularizables abarcan deudas impositivas, aduaneras y de recursos de la seguridad social, junto con multas aplicadas hasta el 31 de octubre de 2026. Las condiciones de financiación se mantienen: hasta 18 cuotas mensuales para las micro y pequeñas empresas y los pequeños contribuyentes, y hasta 15 cuotas para las medianas de los tramos 1 y 2.

¿Cuándo se pueden cargar las nuevas deudas?

Aunque la resolución ya está vigente, la incorporación de las deudas nuevas en el sistema «Mis Facilidades» quedará habilitada recién a partir del 16 de noviembre de 2026, bajo la opción «Régimen Especial de Facilidades de Pago, Obligaciones vencidas al 31/10/2026». Hasta esa fecha, el sistema no admite obligaciones con vencimiento posterior al 30 de junio. El trámite se realiza de forma online a través de ese servicio del organismo.

Lo que queda por seguir de cerca es el calendario operativo: la ventana de carga arranca en noviembre y la adhesión cierra en junio de 2027. Para el contribuyente que tiene deudas de ese período, conviene tener claro qué fecha de corte le corresponde antes de iniciar el trámite.

AL
Ana Laura QuinteroAmbiente y energía

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