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Martes, 3 de noviembre de 2026
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Un proyecto en el Congreso llevaría a gravar con Ganancias a los CEDEARs comprados desde fines de octubre de 2026

La iniciativa eliminaría la exención vigente para estos certificados, con una alícuota de 15%, sin efecto sobre las carteras armadas antes de esa fecha.

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Rodrigo IriarteEconomía · · 2 min de lectura
Un proyecto en el Congreso llevaría a gravar con Ganancias a los CEDEARs comprados desde fines de octubre de 2026

Un proyecto de ley que se encuentra en tratamiento parlamentario propone aplicar el impuesto a las Ganancias a las operaciones con CEDEARs, certificados que replican activos extranjeros y que hoy gozan de una exención. La propuesta fija una alícuota del 15% y establece que la nueva regla alcanzaría a los certificados comprados a partir del 31 de octubre de 2026.

Qué son los CEDEARs y por qué ganaron espacio

Los CEDEARs se negocian en el mercado local argentino, pero representan inversiones en acciones, bonos u otros activos que cotizan en el exterior. Su precio varía según la cotización del activo subyacente en su mercado de origen y según el valor del dólar financiero, una combinación que los volvió atractivos para ahorristas e inversores que buscan una forma de dolarizarse sin salir del sistema local.

Qué cambia con la propuesta

Hasta ahora, estos certificados quedan amparados por la misma exención de Ganancias que se aplica a los valores negociables argentinos. El proyecto modifica esa lógica mediante el criterio de transparencia fiscal (look-through), que consiste en tratar al certificado según el activo que está detrás de él: si ese activo estuviera gravado en una compra directa, el CEDEAR que lo representa quedaría alcanzado por el mismo tratamiento.

  • Alícuota propuesta: 15%, según lo indicado por Sebastián Domínguez, titular de SDC Asesores Tributarios.
  • Fecha de corte: solo alcanzaría a los CEDEARs adquiridos a partir del 31 de octubre de 2026.
  • Carteras existentes: quienes ya tienen CEDEARs no quedarían alcanzados de forma retroactiva.
  • Diferencia que busca eliminar: hoy la compra directa de una acción extranjera paga Ganancias, mientras que el acceso al mismo activo por CEDEAR puede quedar exento.

Con la nueva regla, ambas vías de inversión tendrían el mismo costo impositivo. El efecto concreto para un inversor minorista dependería del rendimiento obtenido y del momento en que cada posición fue adquirida.

Por ahora, la iniciativa debe ser aprobada por ambas cámaras del Congreso para convertirse en ley. Mientras tanto, el régimen de exención continúa vigente y las carteras armadas antes del 31 de octubre de 2026 no cambian de situación bajo la propuesta actual.

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Rodrigo IriarteEconomía

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