Aguinaldo de diciembre: fecha límite, quiénes cobran y cómo se determina el monto
La segunda cuota del Sueldo Anual Complementario debe abonarse hasta el 18 de diciembre, aunque la ley admite un margen hasta el 24. Qué establece la normativa, quiénes son los beneficiarios y de qué manera se calcula el monto proporcional.

La segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), conocido popularmente como aguinaldo, tiene como fecha límite de pago el 18 de diciembre, que este año cae en viernes. No obstante, la normativa contempla un margen de cuatro días hábiles adicionales, de modo que el plazo máximo se extiende hasta el 24 de diciembre. El beneficio alcanza a los trabajadores en relación de dependencia con empleo registrado y también a los jubilados y pensionados.
Quiénes lo perciben y cuándo se cobra
En el caso de los trabajadores registrados, el pago corresponde a la fecha establecida para la cuota de fin de año. Para los jubilados y pensionados, en cambio, el cobro se produce junto con el haber mensual, en la semana que corresponda según el nivel de ingresos y la terminación del número de documento. El calendario exacto es publicado por la Anses al inicio de cada mes.
Cómo se calcula el monto
El cálculo parte de identificar la remuneración mensual más alta cobrada entre julio y diciembre. Sobre ese valor se aplica el 50%. A modo de ejemplo, un trabajador cuya mayor remuneración en ese período fue de 100.000 pesos percibe 50.000 pesos de aguinaldo.
Cuando el empleado no completó los seis meses del semestre, el SAC se liquida en proporción a los días o meses efectivamente trabajados. En ese caso, la fórmula habitual que se describe consiste en dividir el salario mensual por 12 y multiplicar el resultado por la cantidad de meses trabajados en el semestre. Entre las situaciones previstas figuran el ingreso a mitad del período y la desvinculación antes de fin de año.
- Trabajadores registrados en relación de dependencia.
- Jubilados y pensionados, con cobro junto al haber mensual.
- Quienes ingresaron en el segundo semestre, con cálculo proporcional.
- Quienes se desvincularon antes de fin de año, con liquidación proporcional.
Para quienes comenzaron a trabajar en el segundo semestre, resulta relevante contar con la fecha exacta de inicio, a fin de realizar el cálculo proporcional y verificar que el recibo refleje el monto que corresponde.
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