PAMI renovó la cobertura de anteojos sin cargo: cómo acceder al beneficio, qué incluye y cada cuánto se puede pedir
La obra social mantiene la prestación gratuita de armazón y cristales cada dos años para afiliados con indicación oftalmológica vigente. El trámite se realiza de manera directa en ópticas adheridas, sin necesidad de pasar por una agencia, y permite optar por dos pares monofocales o un par de bifocales según la necesidad visual.

El Programa de Atención Médica Integral para personas mayores volvió a poner en primer plano una de sus prestaciones más requeridas por los afiliados: la provisión gratuita de anteojos completos, con armazón y cristales incluidos en el menú óptico de la entidad, destinada a quienes cuenten con una prescripción oftalmológica actualizada. La cobertura está pensada para renovarse cada dos años y contempla dos alternativas de provisión que dependen del diagnóstico que determine el especialista que atiende a la persona afiliada.
¿Qué alternativas de lentes cubre la obra social?
La prestación permite acceder a dos pares de anteojos monofocales, uno destinado a la visión de cerca y otro a la visión de lejos, o bien reemplazarlos por un único par de lentes bifocales que cumpla ambas funciones. La elección entre una y otra modalidad queda supeditada a la indicación que figure en la Orden Médica Electrónica emitida por el profesional tratante, de modo que no se trata de una decisión administrativa sino clínica.
¿Cómo se inicia el trámite para obtener los anteojos sin cargo?
- Solicitar una consulta con un oftalmólogo que integre la cartilla de prestadores de PAMI, quien evaluará la salud visual y definirá la graduación correspondiente.
- Recibir del profesional la Orden Médica Electrónica, que debe incluir la prescripción, la firma del médico, el sello con la especialidad y el número de matrícula.
- Verificar que la OME siga vigente, ya que el plazo de validez es de 150 días desde su emisión y queda cargada en el sistema para consulta de los prestadores.
- Presentarse en una óptica adherida con el DNI original y vigente para avanzar con la gestión, sin necesidad de imprimir la orden ni pasar por una agencia.
Cuando se trata de la primera solicitud de anteojos bifocales, la normativa prevé la aplicación de la escala FIN como criterio de evaluación, una exigencia que responde a las características específicas de esa modalidad de lentes y que forma parte de los parámetros habituales de la prestación. Este punto, que suele generar confusión entre los afiliados, está vinculado exclusivamente al caso de los bifocales y no se aplica a los pares monofocales por separado.
¿Puede un familiar retirar los anteojos en nombre del afiliado?
El trámite administrativo puede ser encarado por un familiar o apoderado cuando la persona afiliada tiene dificultades para trasladarse, siempre que presente la documentación correspondiente. Sin embargo, la prueba final de los anteojos, instancia indispensable para verificar que la graduación sea la adecuada y que el armazón resulte cómodo, requiere la presencia personal del titular en la óptica elegida, un paso que no puede delegarse y que las ópticas suelen controlar con el documento de identidad.
La cobertura, en definitiva, vuelve a ratificar un derecho consolidado para los afiliados pero que en la práctica sigue topándose con demoras y con la necesidad de que el afiliado conozca con precisión los pasos a seguir. La letra de la prestación es clara y completa, aunque todavía queda por delante el desafío de simplificar todavía más la experiencia de quienes, por edad o por condición de salud, menos ganas tienen de peregrinar entre ventanillas. La herramienta existe; falta garantizar que llegue a tiempo y sin obstáculos a quienes más la necesitan.
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