Pensiones por invalidez suspendidas: quiénes tienen plazos y cómo volver a cobrar
La Secretaría de Discapacidad dejó sin efecto 4.329 pensiones por invalidez laboral y pidió documentación médica a otros 7.008 beneficiarios. Los plazos, los canales y el requisito central del trámite.

La Secretaría de Discapacidad oficializó la suspensión de 4.329 pensiones por invalidez laboral. Según el organismo, los titulares alcanzados no entregaron la documentación necesaria para acreditar la continuidad de su situación de discapacidad, y la medida se publicó mediante la Resolución 3702/2026. Se trata de una decisión que impacta de lleno en los ingresos mensuales de personas que dependen de esta prestación para sostenerse.
¿Qué requisito exige el organismo para mantener el beneficio?
El punto central es contar con un Certificado Médico Oficial (CMO) que acredite una discapacidad del 66% o más. Sin ese respaldo, la prestación no puede continuar. La norma deja sin efecto una resolución anterior que había restablecido el cobro de estas pensiones tras un fallo judicial, y esa decisión se apoyó en que la Cámara Federal de Tucumán revocó en febrero de 2026 la sentencia de primera instancia.
¿Cuáles son los plazos para cada grupo?
Los beneficiarios suspendidos tienen 60 días corridos para presentar la documentación faltante. Si no lo hacen dentro de ese período, la prestación no podrá ser rehabilitada. En paralelo, otros 7.008 beneficiarios recibieron una intimación para ampliar la documentación médica que respalda su incapacidad laboral, y para ese trámite el plazo es de 30 días hábiles. Para quienes dependen de esta prestación, el plazo empieza a correr desde la notificación individual.
¿Por dónde se puede presentar la documentación?
- Oficinas de atención de ANSES.
- Dependencias habilitadas de la Secretaría Nacional de Discapacidad.
- Formulario de consultas del Ministerio de Salud en argentina.gob.ar.
- Plataforma Trámites a Distancia (TAD), con el trámite «Presentación de Documentación para Pensión Invalidez».
Una vez recibida, la documentación se incorpora al expediente administrativo del titular. Los equipos técnicos analizan ese expediente para determinar si corresponde rehabilitar el pago. El material consultado no precisa plazos de respuesta para esa evaluación, por lo que el resultado dependerá del análisis de cada caso.
Para los afectados, el desafío concreto pasa por reunir el certificado médico dentro de los tiempos fijados y por presentarlo por alguno de los canales habilitados. Del cumplimiento de esos pasos depende que el cobro se recupere o que se pierda de manera definitiva.
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